DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO
La
palabra Patrimonio en el código anterior, se le denominaba conceptualmente como delitos contra la
propiedad; ahora se le denomina como
delitos contra el patrimonio económico, pero no solo tiene esta
definición o concepción económica sino que también existe
una definición con una visión en al cual los derechos de las cosas
incorporales también tiene importancia, fundamentando esto en el articulo 669 y
670 del código civil.
Está
en discusión la verdad a cerca de dio termino, ya que el derecho penal si
maneja un concepto exacto de cada uno de los términos que en el derecho privado
se usan, aun así a dicha discusión existente se le debe intervenir basándose en
la diferencia existente entre la protección total del derecho fundamental, no
solo en la concepción material si no también en la concepción de un derecho
incorporal, que no se puede ver, pero que de una u otra manera existe.
De
allí podemos deducir, que el patrimonio económico es la protección total y completa del bien jurídico. En estos
se tiene en cuenta la relación directa existente entre la persona con la cosa o
la relación de la persona demandada con persona demandante directa.
Clasificación:
·
Cuando se implementa la custodia del bien
para extraerlo, se implementa introduciéndose al ambiente del bien y
analizándolo. Desplazamiento patrimonial (extorción, fraude mediante cheques,
abuso de confianza, defraudaciones)
·
Cuando el actor del delito actúa por razones
diferentes (venganza, ira, etc...).
·
Cuando el actor del delito, expropia parcial
o totalmente al sujeto pasivo, del bien jurídico, obteniendo dicho lucro
(hurto, extorción, estafa, abuso de confianza etc...)
DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD
La
informática de la actualidad nos permite
tanto difuminar como obtener información, desde diferentes páginas web.
Para
nadie es un secreto que de la misma manera y en la misma cantidad en que
internet nos permite obtener información benévola, eficiente y auto necesaria
para nuestra vida diaria, también nos ofrece
riesgos, los cuales ya han sido evaluados por la ley colombiana, dando a
conocer a la población nuevos tipos de
delitos informáticos contra la intimidad, sin embargo es un derecho del
usuario de las redes sociales
difuminadas en el internet y el mal manejo que le dan los usuarios a estas, ya
no solo informando sino revelando su intimidad en ellas, sin tener en cuenta el
daño que dichas publicaciones mal intencionadas pueden producir en sus vidas,
perdiendo de esta manera inevitablemente su propio de derecho a la intimidad.
DELITOS
CONTRA LA SEGURIDAD PÚBLICA
Los
delitos contra la seguridad pública y la
comunicación hacen parte de los delitos informáticos, ya que por medio de la
informática de manera invisible se pueden
violentar diferentes archivos en los que se encuentren documentos
públicos de suma importancia.
El
código penal colombiano en su capítulo séptimo, llamado de la violación a la
intimidad, reserva e interceptación de comunicaciones nos habla de tipos de
delitos tales como la divulgación de contenido, vulneración del secreto en las
comunicaciones, entre otros.
De
igual manera el código penal colombiano en el capitulo y séptimo de nombre ya
citado anteriormente, protege lo siguiente:
1. Violación
ilícita de comunicaciones o correspondencia de carácter oficial
2. Ofrecimiento,
venta o compra de instrumento apto para interceptar la comunicación privada
entre personas.
3. Violación
ilícita de comunicaciones.
4. Acceso
abusivo a un sistema informático-
5. Utilización
ilícita de redes de comunicaciones.
este parte habla sobre delitos contra el patrimonio muy buen aporte por que cuando se violenta la propiedad privadad bien sea fisicamente o por medio de documentos.
ResponderEliminaren delitos contra la intimida muy buen aporte en la parte de las redes sociales a veces solemos difundir aspectos de nuestra vida confidenciales que ponen en peligro en nuestra vida ej : como fotos en le caso de los militares y en que trabajamos para sacar pecho este delito contra la intimidad fue un abrebocas para los secuestradores por que haty saben todo lo que hacemos asi que compañeros mucho cuidado con nuestras redes sociales.
el delito contra las comunicaciones violenta tambien nuestra intimidad ej las chuzadas que efectuo el das nuestras comounicaciones son confidenciales nadie tiene por que saber lo que hablamos ni con quien hablamos asi que tengamos mucho cuidado aquien le damos nuestro numero telefonico nos lo pueden interceptar.
En la parte de los DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO:
ResponderEliminarEs importante informarnos sobre los diferentes Delitos contra el Patrimonio, porque de ésta forma podemos prevenirnos de los diferentes abusos con nuestra propiedad privada. Como extorsiones, fraude, mediante cheques, abuso de confianza, defraudaciones, cuando se actúa por razones diferentes venganza, ira, expropiaciones parcial o totalmente al sujeto pasivo del bien jurídico.
EN LOS DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD:
Se evidencian los diferentes abusos que cometen las personas por medio de redes sociales, se debe tener mucho cuidado al publicar fotos íntimas, teléfonos, direcciones, a personas que no conocemos porque éstas pueden usarlas de una forma fraudulenta, ejemplo extorsiones,secuestros, violaciones, homicidios y otros.
EN LOS DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD PÚBLICA.
Es evidente que en nuestro País, que interceptan llamadas telefónicas de
políticos, y personas con ciertos indicios de delitos como corrupción, y nexos con grupos al margen de la ley. También por medios de redes sociales,correos electrónicos, y pienso que es una gran violación a la privacidad de los ciudadanos.
HERMINIA MIREYA BLANCO PÉREZ CÓDIGO. 2125099
la violación a la intimidad es uno de los mas comunes, en nuestros sistemas de correo, en el facebook y otros medios es muy común la utilización de trampas para que personas ajenas accedan a estos.
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